El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), que a la fecha se encuentren omisos en la presentación de las declaraciones bimestrales de manera consecutiva, pero que han hecho uso del sistema “Mis Cuentas” para realizar el registro de sus operaciones de ingresos, egresos, inversiones y deducciones, en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), continuarán gozando de los beneficios del régimen.
Con esta medida se ofrece certeza a los nuevos contribuyentes del RIF, en el que han encontrado una alternativa simple y gradual en el cumplimiento fiscal. La autoridad reconoce que se requiere tiempo para adaptarse a las nuevas tecnologías y ofrece la oportunidad de aplicar el nuevo régimen simple de cálculo que entró en vigor a partir de 2015.
Asimismo, se informa que tratándose de contribuyentes cuyo domicilio fiscal se encuentre en poblaciones o en zonas rurales, sin servicios de Internet, continuarán gozando de los beneficios de este régimen, siempre que lleven el registro de sus operaciones en los términos de las reglas emitidas por la autoridad fiscal.
La facilidad de permanecer en el régimen permite a los contribuyentes continuar avanzando en su proceso de formalización, y gozar de los beneficios de la seguridad social: tales como acceso a servicios médicos; créditos para adquirir vivienda; pensión para el retiro, y apoyos económicos, así como descuentos graduales en el pago del impuesto sobre la renta (ISR).
Hasta el momento se han registrado 16.3 millones de operaciones de ingresos, gastos, inversiones y deducciones; se han recibido 8.8 millones de declaraciones y se han emitido 6.9 millones de facturas electrónicas por parte de contribuyentes del RIF, lo cual habla de la voluntad que tienen para cumplir con sus obligaciones.
La modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal (RM) para 2015 que da sustento a esta facilidad, se encuentra disponible en el portal de Internet del SAT.