Publicada poco después de las 12:00 Hrs. del 27 de febrero 2015, la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 y sus anexos 1, !A, 3, 7, 11, 14, 21 y 23, señala que nuevamente, se ha prorrogado el envío de la contabilidad electrónica, pues en su numeral resolutivo 10 estipula:

«Para los efectos de la regla 2.8.1.4 exclusivamente respecto de la fracción III, de esta resolución, los contribuyentes empezarán a observar lo establecido en el Resolutivo Cuarto, fracción I de la Séptima Resolución de Modificaciones a la RFM para 2014, publicada en el DOF el 18 de diciembre de 2014, a partir del 1 de julio 2015 con l información generada desde esta fecha.

Para los efectos de la regla 2.8.1.5 exclusivamente respecto de la fracción I y II incisos A) y B) de esta Resolución y en relación al Resolutivo Tercero, Fracción I de la 7ma Resolución de Modificaciones a la RMF para 2014, publicada en el DOF del 18 de dic 2014, LOS CONTRIBUYENTES PODRÁN ENVIAR LA INFORMACIÓN CONTABLE DEL MES DE ENERO DE 2014, A MÁS TARDAR EN LA MISMA FECHA DEL VENCIMIENTO DEL ENVÍO DE LA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTES AL MES DE FEBRERO DE 2015″.
Descargar la versión oficial: RMF 27Feb2015

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