Publicada poco después de las 12:00 Hrs. del 27 de febrero 2015, la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 y sus anexos 1, !A, 3, 7, 11, 14, 21 y 23, señala que nuevamente, se ha prorrogado el envío de la contabilidad electrónica, pues en su numeral resolutivo 10 estipula:
«Para los efectos de la regla 2.8.1.4 exclusivamente respecto de la fracción III, de esta resolución, los contribuyentes empezarán a observar lo establecido en el Resolutivo Cuarto, fracción I de la Séptima Resolución de Modificaciones a la RFM para 2014, publicada en el DOF el 18 de diciembre de 2014, a partir del 1 de julio 2015 con l información generada desde esta fecha.