A pesar de que el 1o. de julio entra
en vigor la obligación de subir la contabilidad a la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT), aún no se cuenta con la información necesaria, la cual se podría publicar en los siguientes días a través de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.

Al efecto, se espera que dentro de la información que se tenga que cargar en la página se encuentre un catálogo de cuentas utilizado en el periodo, balanza de comprobación que incluya saldos iniciales, movimientos del periodo y saldos finales de todas y cada una de las cuentas.

Por tanto, las personas morales y físicas a partir del 1o. de julio deberán armar su contabilidad como lo disponga la autoridad fiscal; asimismo, la información de julio se piensa que se deberá mandar en octubre y las personas físicas con ingresos que no excedan de 2 millones de pesos presentarán la contabilidad simplificada.

La información que se tiene es muy ambigua; por tanto, urge que las autoridades fiscales den a conocer las reglas, ya que sólo faltan cinco días para que inicie su vigencia.

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