La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer mediante publicación en el DOF del 16 de julio, el Oficio 500-05-2015-18375 mediante el cual se notifica a los contribuyentes que no ejercieron el derecho previsto en el artículo 69-B, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF) y, por tanto, se actualiza definitivamente la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del referido CFF.
Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas en las disposiciones fiscales vigentes, a la Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), y dentro de los expedientes que obran en la misma, así como en las bases de datos del SAT a los que tiene acceso y utiliza de conformidad con el artículo 63, párrafos primero y último, del CFF, ha detectado que los contribuyentes que se nombran en el Anexo 1 (correspondiente a contribuyentes que no aportaron argumentos ni pruebas para desvirtuar el motivo por el que se les notificó el oficio de presunción, motivo por el cual se actualizó definitivamente la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del CFF), emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
Fuente: DOF