leylavadodineroLa Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el 16 de agosto,
a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), entre otros temas, el Reglamento
 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos
de Procedencia Ilícita.

El Reglamento citado tiene por objeto establecer las bases y disposiciones para
la debida observancia de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones
con Recursos de Procedencia Ilícita. Sus disposiciones son de orden público y de
observancia general en los Estados Unidos Mexicanos.

Al respecto, el ejercicio de las facultades de las autoridades señaladas en la Ley
que intervengan en la aplicación de esta y del presente Reglamento, en el ámbito
de sus respectivas competencias, así como las medidas, procedimientos y Reglas
de Carácter General que se establezcan, estarán dirigidos a recabar elementos útiles
para prevenir, investigar y perseguir los Delitos de Operaciones con Recursos de
Procedencia Ilícita, los relacionados con estos, las estructuras financieras de
las organizaciones delictivas y evitar el uso de esos recursos para su financiamiento.

Este Reglamento entrará en vigor el 1 de septiembre de 2013, salvo por lo que se
refiere a las atribuciones conferidas a la Unidad de Inteligencia Financiera, Unidad
Administrativa Central de la Secretaría y al SAT en este Reglamento, mismas que
entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

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