De acuerdo a la regla 2.7.1.41 de la primera resolución de modificaciones a la RFCF para 2017, la Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y Organismos Descentralizados, PODRÁN cumplir con la OBLIGACIÓN de expedir, entregar o poner a disposición de los comprobantes fiscales por las contribuciones, productos y aprovechamiento que cobran, así como por los estímulos y apoyos que otorguen durante el ejercicio 2017, a más tardar el primero de noviembre del mismo año.